DESPIDO SIN HABER RECIBIDO
MI FINIQUITO
Primero que nada somos personas racionales,debemos hablar con el trabajador social o el contador que lleva la administración de dicha empresa, para preguntar por que causa no le han echo llegar su finiquito.
Ahora si su finiquito no es el correcto y no quieren pagarte lo justo, puedes hacerlo legalmente.
Es una demanda, el proceso se llama "reclamación de cantidad" y se lleva a cabo en los juzgados de lo social, previo acto de conciliación. El plazo para demandar es de 12 meses desde el momento en que
conoces el impago.
Tienes que comprobar si eres trabajador de la empresa llevando un contrato que hayas firmado o tus nominas donde compruebes que te están pagando, así mismo comprobaras desde que tiempo te dejaron de pagar. de esta manera podrán evaluar el saldo de tu finiquito que te deberán entregar.
la carta de despido debe contener la fecha del mismo, la causa, la indemnización y tu finiquito correspondiente
El artículo 49.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que al finalizar un contrato, se tiene que comunicar el pre-aviso de la extinción del mismo y acompañarlo con un documento de liquidación de las cantidades adeudadas. Es lo que se conoce como recibo de saldo y finiquito.
En caso de desacuerdo con el finiquito presentado por la empresa, el empleado puede firmar con la indicación "Recibido, no conforme", y presentar una demanda o solicitud de conciliación (llamada papeleta de conciliación) al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). Sin embargo, según el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores, se dispone del plazo de un año para reclamar ya que, una vez pasado este tiempo, las cantidades prescriben.
El SMAC es el procedimiento de conciliación administrativa previa a la vía judicial laboral. Este servicio constituye un intento de llegar a una transacción satisfactoria para ambas partes mediante la celebración de un acto de conciliación. Si en el acto de conciliación hay acuerdo, el trabajador recibirá la cantidad adeudada; en caso contrario, tendrá que acudir ante el juzgado de lo social.
Para poder reclamar en vía judicial laboral se exige, como requisito previo, la papeleta de conciliación. En estos casos, resulta esencial obtener el consejo de un abogado sobre la conveniencia o no de iniciar las correspondientes acciones legales.
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